Es un compromiso formal de que alguien cumplirá un acuerdo o convenio. Este compromiso se hace para tranquilizar a quien asume un riesgo.
En Derecho, la palabra garantía es sinónima de seguridad. Es esto precisamente lo que interesa al prestamista o sujeto activo de una obligación: que se asegure el cumplimiento de ésta para que no sea ilusorio y meramente nominal su derecho.
Características de las garantías
No cualquier bien puede servir de garantía de un préstamo. En términos generales una garantía debería reunir seis atributos básicos:
- Ser apropiable.
- Ser vendible o tener la posibilidad de efectivizarse en dinero líquido para cubrir la operación de crédito.
- Tener sentido o valor de pérdida para el prestatario.
- Ser durable o sostenible en el tiempo de duración del contrato.
- Tener costo de transacción accesible a los prestatarios, al monto y a las condiciones del préstamo.
- Que ejerza presión psicológica y moral para el repago de sus obligaciones.
fuente ECONOBASE
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