martes, 15 de junio de 2010

CLASIFICADORAS DE RIESGO A ENTIDADES FINANCIERAS.

Las entidades financieras, a través de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), están sujetas a un seguimiento minucioso y permanente, entre otras sobre la calidad de la cartera de colocaciones, la cual a su vez influye en la seguridad de los depositantes.

Es de esperar que las entidades que son clasificadas con un nivel de riesgo bajo, remuneren por los depósitos tasas de interés más bajas, la que también se reflejará en las tasas de interés de las colocaciones.

La clasificación de riesgo por parte de Clasificadoras de Riesgo privadas es obligatoria para todas las entidades financieras, la cual complementa la clasificación que publica la SBS a nivel de productos financieros relacionada a la captación de depósitos.

La mayor clasificación corresponde a la Clasificación A, que significa entidad de menor riesgo y la menor a la Clasificación F para las entidades con un riesgo elevado.

Clasificación A

Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con la más alta capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en la Institución, en la industria a que pertenece, o en la economía.

Clasificación B

Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una buena capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, pero ésta es susceptible de deteriorarse levemente ante posibles cambios en la institución, en la industria a que pertenece, o en la economía.

Clasificación C

Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una suficiente capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, pero ésta es susceptible de debilitarse ante posibles cambios en la institución, en la industria a que pertenece, o en la economía.

Clasificación D

Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una insuficiente capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, existiendo riesgo de incumplimiento de sus obligaciones.

Clasificación E

Corresponde a aquellas instituciones que no poseen información suficiente o ésta no es válida y representativa lo que no permite emitir una opinión sobre su riesgo.

Los símbolos desde A hasta D inclusive pueden ser modificados con los signos "+"ó "-":

(+) Corresponde a Instituciones con un menor riesgo relativo dentro de la categoría.

(-) Corresponde a instituciones con un mayor riesgo relativo dentro de la categoría.



FUENTE SBS

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